LICEO INTEGRADO DE ZIPAQUIRA
Rector
Enar Alonso Castro Hidalgo.
SEDE LICEO INTEGRADO DE ZIPAQUIRA
Calle 8 No 12-37 Barrio Algarra II
Tel: 8527561
Bachillerato
SEDE CONSEPCION URBANA GABRIELA MISTRAL:
Calle 2 No 21-72 Barrio Julio Caro
Tel: 8527561
Preescolar y Básica Primaria
SEDE COLEGIO BASICO SANTA ISABEL:
Parcelación Santa Isabel
Tel: 8516110
Preescolar y Básica Primaria
MISIÓN
Somos una Institución Educativa Departamental que prepara niños y jóvenes que participan de un Proyecto Educativo enmarcado por los valores y el respeto a las personas en un ámbito democrático, de exigencia y calidad académica que apoya el desarrollo humano sostenible, y el mejoramiento personal, local y nacional.
Somos una Institución Educativa Departamental que prepara niños y jóvenes que participan de un Proyecto Educativo enmarcado por los valores y el respeto a las personas en un ámbito democrático, de exigencia y calidad académica que apoya el desarrollo humano sostenible, y el mejoramiento personal, local y nacional.
VISIÓN
Formar integralmente personas, en la Educación para el trabajo, que les permita ser autónomos y autosuficientes, optimizando su proyecto de vida individual y socialmente, conservando los valores éticos, morales y culturales de su entorno. Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes de Educación Básica y Media de la
Formar integralmente personas, en la Educación para el trabajo, que les permita ser autónomos y autosuficientes, optimizando su proyecto de vida individual y socialmente, conservando los valores éticos, morales y culturales de su entorno. Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes de Educación Básica y Media de la
Valores Institucionales
Son los que aparecen en el escudo, al igual que los que se entonan en el coro del himno nuestra institución
La virtud, el deber, la sapiencia,
Nuestra meta en el claustro ha de ser.
Como guía, la altísima ciencia
Para el triunfo final obtener.
IED LICEO INTEGRADO DE ZIPAQUIRA,
(Aprobado Acuerdo No 010 de 2009 y Modificado en Acuerdo No 014 de 2010, Consejo Directivo, en desarrollo a lo establecido en
El Decreto 1290 de 2009)
CAPITULO I
PERSPECTIVAS EDUCATIVAS DE LA EVALUACIÓN
Artículo 1. La evaluación dentro del P.E.I.
La IED Liceo Integrado de Zipaquirá entenderá la evaluación como el proceso continuo, integral, cualitativo, cuantitativo y objetivo dirigido a valorar el nivel de desempeño de los estudiantes. Mediante la evaluación se apreciará el avance en su formación, el grado de cumplimiento de los propósitos de la enseñanza traducidos en estándares de competencia, lo que permitirá fortalecer los logros y elaborar estrategias para superar las dificultades específicas detectadas en cada uno, teniendo en cuenta sus niveles de desarrollo y ritmos de aprendizaje.
Se evalúa para que el estudiante, se forme como persona íntegra, libre y responsable. Cuando hablamos de procesos, nos referimos a la totalidad de cambios, transformaciones secuenciales y simultáneas que se dan en el educando, tales como:
- Desarrollo intelectual y físico: Se tienen en cuenta entre otras variables la edad, la herencia, el medio de vida, la visión, la lateralidad, la salud, etc.
- Desarrollo del lenguaje y expresión comunicativa: Promueve la capacidad comunicativa y expresiva tanto oral como escrita.
- Desarrollo de valores y cualidades: Lo debe motivar y orientar el docente, en él están los sentimientos, las cualidades humanas y los niveles de conciencia, que determinan la clase de ser humano que será el estudiante.
- Desarrollo de actitudes y aptitudes: El maestro incentivará la capacidad artística, artesanal, manual, técnica, etc., y el equilibrio de respuesta psicológica y mental del educando.
- Desarrollo de la interacción social: Hace que el educando pueda vivir en comunidad aceptando con tolerancia una sociedad pluralista, como ser autónomo, participativo y respetuoso de la dignidad y libertad de las demás personas.
- Desarrollo afectivo y espiritual: Tiene que ver con las relaciones interpersonales, los afectos, sus preferencias y el cultivo de la parte espiritual, como ser superior que es.
- Desarrollo de competencias Básicas y competencias Laborales: requeridas para lograr desempeños exitosos en las diferentes áreas del conocimiento y en los diferentes espacios académicos y laborales en los cuales tiene y tendrá que enfrentarse el estudiante liceísta.
Articulo 2. Premisas para la Evaluación del Aprendizaje.
La Institución Educativa propenderá para que la Evaluación sea: Integral, dinámica, divertida, flexible, justa, concreta, aplicable a la vida cotidiana, cercana a las nuevas tecnologías, interdisciplinaria.
Que favorezca la creatividad.
Que varié los instrumentos y estrategias
Que tenga acuerdos claros y conocidos
Que no sea improvisada
Que sirva para reevaluar acciones
Que reconozca los diferentes ritmos de aprendizaje
Que no se aparte de los lineamientos y estándares curriculares
Que reconozca el desarrollo de competencias
Que promueva las fortalezas y aptitudes
Que tenga en cuenta los procesos y productos
Que reconozca la dedicación, el esfuerzo, el trabajo y la participación.
CAPITULO II
CRITERIOS DE EVALUACION Y PROMOCION INSTITUCIONAL
Artículo 3. Criterios de Evaluación
La Institución Educativa asume frente al proceso de evaluación del aprendizaje los siguientes parámetros y lineamientos que orientan la acción educativa. Así la evaluación se convierte en sí misma en una valoración de la acción enseñanza y aprendizaje
En los procesos de evaluación de las actividades académicas se tendrán en cuenta las distintas dimensiones de desarrollo formativo de los estudiantes: intelectual, afectivo, psicomotor, social, y espiritual.
La evaluación se traducirá en la valoración cuantitativa y cualitativa de los desempeños de los estudiantes en los proceso de aprendizaje, de manera integral y bajo la responsabilidad ética del docente.
Los procesos pedagógicos deben articular la estructura del servicio para hacer posible al estudiante el acceso hasta el más alto grado de preparación y formación
Las valoraciones se darán frente al alcance y superación de los estándares de competencias definidas por la institución educativa para cada una las áreas del plan de estudios
Los estándares deben ser evaluados en conjunto, por cuanto la enseñanza integra contenidos y procesos.
En cada período se valorará el aprendizaje del estudiante en todas las áreas de formación, en aspectos tales como: alcance de estándares de competencia, compromisos académicos y comportamentales, con altos niveles de exigencia.
El resultado de la aplicación de las pruebas debe permitir apreciar el proceso de organización del conocimiento que ha elaborado el estudiante y de sus capacidades para producir formas alternativas de solución de problemas.
En las pruebas se dará preferencia a aquellas que permitan el análisis, la argumentación, la conceptualización y la solución de problemas que superen la reproducción memorística. Los resultados de las evaluaciones o pruebas que solo se basen en reproducción memorística no deben ser tenidos en cuenta en la valoración académica
Los estudiantes de cada grado participarán en diferentes momentos evaluativos orientados y concertados con el docente dentro de los parámetros y criterios aprobados y determinados en el presente acuerdo.
Teniendo en cuenta los fines de la Educación Académica y los parámetros de evaluación nacional e internacional que han sido incluidos para las pruebas ICFES, PISA, entre otras, las áreas del Plan de Estudio de la Institución Educativa se organizarán en dos grupos: El primer grupo corresponderá a las AREAS FUNDAMENTALES DE NUCLEO COMUN y el segundo a las AREAS FUNDAMENTALES DE NUCLEO FLEXIBLE.
PRIMER GRUPO: AREAS FUNDAMENTALES DE NUCLEO COMUN
Estará conformado por Lengua Castellana, Matemáticas, Ciencias Naturales, Ciencias Sociales, Idioma Extranjero, Filosofía.
SEGUNDO GRUPO: AREAS FUNDAMENTALES DE NUCLEO FLEXIBLE estará conformado por Educación Física, Recreación y Deportes; Educación Artística, Ética y Valores; Educación Religiosa y Moral; Emprendimiento; Ciencias Políticas, Ciencias Económicas, Constitución Política, Tecnología e Informática.
Cada uno de los docentes responsables de una o más áreas deberán en el primer encuentro académico de cada uno de los períodos informar a los estudiantes los temas, subtemas que se proyectan trabajar e igualmente los criterios y formas de evaluación que se adelantarán en el transcurso del período académico con sus respectivos porcentajes de valoración.
Además, los estudiantes recibirán los resultados de las pruebas que el docente realiza máximo 15 días posterior a la prueba o recolección de trabajos, tareas o similares con las debidas observaciones y recomendaciones que permitan que el estudiante corrija sus errores y mejore su desempeño escolar, en todo caso se recomienda que el docente lleve un control de recolección de trabajos, pruebas y similares y de entrega de los resultados obtenidos.
La valoración de cada período en las diferentes áreas y asignaturas, será el promedio de las valoraciones obtenidas por el estudiante en las diversas actividades de aprendizaje, más la nota de autoevaluación dada por el estudiante con base en su desempeño, actitud y compromiso. Esta no podrá ser inferior al 10% de la nota total
Toda inasistencia a las actividades curriculares y extracurriculares y o complementarias debe ser justificada por el estudiante.
Para que la evaluación sea permanente y participativa se realizarán dos cortes evaluativos bimestrales. Cada docente reportará las notas parciales de los estudiantes a la respectiva coordinación académica.
En educación Media el área de Ciencias Naturales evaluará independientemente sus asignaturas (Química y Física).
En el nivel de Preescolar la evaluación se continuará dando de acuerdo con el desarrollo de dimensiones de la persona
Artículo 4. Criterios de Promoción.
La I.E.D. Liceo integrado de Zipaquirá establece los siguientes criterios de Promoción para sus estudiantes.
1. La institución garantizará la promoción cmo minimo del 82% de los estudiantes que finalicen el año escolar, procurando altos índices de calidad y retención escolar. El consejo Directivo podrá ajustar el porcentaje para cada año escolar y los mecanismos para su cumplimiento.
2. Un estudiante será promovido cuando supere las competencias mínimas establecidas en cada área o asignatura del plan de estudios con valoración igual o superior a tres punto tres (3.3) que corresponde a un desempeño básico.
3. Para efectos de promoción en cada asignatura el (la) estudiante deberá mantener una asistencia mínima del 80% del total de las clases efectivas del año escolar. El registro de las ausencias debe estar soportado en documentos oficiales (registro y control diario, informes académicos y certificados.)
Únicamente la excusa medica o por calamidad doméstica comprobada tiene validez académica; en estos casos, el estudiante tiene derecho a presentar evaluaciones, trabajos u otras actividades pedagógicas dentro de los ocho (8) días siguientes a su reintegro.
Parágrafo uno: Situaciones especiales de promoción de grado:
a. Estudiantes que reprueben un área del primer grupo (Áreas Fundamentales de Núcleo Común) con valoración final inferior a 3.3.
b. Estudiantes que reprueben dos áreas del primer grupo con valoración final igual o superior a 2.5 y obtengan promedio general mínimo de 3.5.
c. Estudiantes que reprueben un area del segundo grupo (Áreas Fundamentales de Núcleo Flexible) con valoración final igual o superior a 2.5 y obtengan promedio general mínimo de 3.5.
Los estudiantes incluidos en estas situaciones deben presentar actividades de nivelación y superación de las áreas o asignaturas reprobadas, de acuerdo con lo establecido en el presente documento.
Parágrafo dos: Si la institución no alcanza el porcentaje de promoción, la Comisión de Evaluación y Promoción analizará y determinará la promoción de estudiantes con desempeño bajo en una o dos áreas y que presenten mejores promedios.
Artículo 5. Reprobación: Los estudiantes que no cumplan con lo establecido en el artículo 4 y el parágrafo uno, reprobarán el grado.
Artículo 6. Promoción anticipada de grado:
Al terminar el primer período del año escolar el Consejo Académico, previo consentimiento y solicitud de los padres de familia y/o de los docentes, analizará y decidirá la promoción anticipada al grado siguiente de los estudiantes que demuestren un desempeño alto y superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en el acta del Consejo Académico y si es positiva en el registro escolar.
Artículo 7. Criterios para la promoción y graduación de bachilleres:
Los estudiantes que terminan el nivel de Educación Media Académica y optan por el Título de Bachiller Académico, participarán de la ceremonia de graduación si cumplen con los criterios señalados por el presente Sistema de Evaluación Institucional, además de los siguientes requisitos:
1. Haber sido promovido en los grados cursados.
2. Haber superado todas las asignaturas fundamentales y optativas del plan de estudios del grado 11°.
3. Presentar certificación de haber prestado el servicio social (Ley 115 de 1994 y decreto 1860 de 1994).
4. Estar a paz y salvo con la Institución (documentos y pagos).
5. No estar incurso en proceso disciplinario.
6. Haber presentado el Examen de Estado ICFES
Parágrafo: Los casos particulares que no se inscriban en este artículo, su situación será definida por la respectiva Comisión de Evaluación y Promoción quien atendiendo a las directrices consignadas en la Ley definirá su graduación.
Artículo 8. Criterios para la promoción y certificación de estudiantes de Educación Básica:
Los estudiantes que terminan el nivel de Educación Básica serán certificados una vez cumplan con los criterios señalados por el presente Sistema de Evaluación Institucional, además de los siguientes requisitos:
1. Haber sido promovido en los grados cursados.
2. Haber superado todas las asignaturas fundamentales y optativas del plan de estudios del grado 9°.
3. Estar a paz y salvo con la Institución (documentos y pagos).
4. No estar incurso en proceso disciplinario.
Artículo 9. Estudiantes no promovidos: El establecimiento Educativo diseñará programas específicos para estudiantes que no fueron promovidos al grado siguiente. En todos los casos se hará un seguimiento del estudiante y favorecerá su promoción durante el grado, en la medida que este demuestre la superación de las competencias académicas y presente desempeños altos o superiores en las áreas reprobadas.
Parágrafo: El estudiante que repruebe por dos años consecutivos el grado cursado perderá su cupo escolar y deberá trasladarse a otra institución que permita un ambiente más favorable para su aprendizaje.
Artículo 10. Los criterios de evaluación y promoción son de obligatorio cumplimiento para todos los docentes que orientan los niveles de Preescolar, Básica y Media en la institución educativa, por cuanto el sistema de evaluación del aprendizaje es parte fundamental del proceso de calidad del servicio educativo.
CAPITULO III
VALORACION DEL DESEMPEÑO
Artículo 11. ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL.
Los resultados de las valoraciones se expresarán numéricamente en la escala de 1.0 a 5.0, con un equivalente conceptual expresado en desempeños. Las notas de cada período tendrá un valor del 25% que al sumar los cuatro períodos nos dará el 100% en cada una de las asignaturas.
Se establecen los dos tipos de evaluación: Cuantitativa: de uno a cinco, utilizando un decimal y
Cualitativa: Que hace referencia a los desempeños.
Los siguientes son criterios de evaluación definidos para cada uno de los desempeños y que se tendrán en cuenta en las valoraciones finales de cada una de las áreas.
Desempeño Superior:
Se considera cuando un estudiante alcanza entre el 91% y 100% en la valoración de sus procesos cognitivos y formativos y cumple con los siguientes Criterios de Evaluación:
Desarrolla las competencias previstas por cada área en el menor tiempo y profundiza sobre ellas.
Maneja adecuadamente los conceptos aprendidos y los relaciona con experiencias vividas, adoptando una posición crítica.
Asume con responsabilidad y dedicación sus compromisos académicos.
Consulta diversas fuentes de manera que enriquece las temáticas vistas en clase.
Presenta a tiempo sus trabajos, consultas, tareas y las argumenta con propiedad.
Participa activamente en el desarrollo de las diferentes actividades propuestas en clase.
Su trabajo en clase es constante y enriquece al grupo.
Su comportamiento y actitud contribuye a mantener un buen clima de grupo.
No tiene fallas y aún teniéndolas, presenta excusas justificadas sin que su proceso de aprendizaje se vea afectado.
Manifiesta sentido de pertenencia institucional.
Desempeño Alto:
Se considera cuando un estudiante alcanza entre el 77% y 90% en la valoración de sus procesos cognitivos y formativos y cumple con los siguientes Criterios de Evaluación:
Desarrolla las competencias previstas por cada área en un tiempo intermedio.
Maneja y argumenta los conceptos aprendidos en clase.
Presenta a tiempo sus trabajos, consultas, tareas.
Alcanza todos los desempeños propuestos, haciendo uso de actividades complementarias.
Participa moderadamente en el desarrollo de las actividades propuestas en clase.
El trabajo en clase es constante, aportando con discreción al grupo.
Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento.
Aporta ideas que aclaran las posibles dudas que surgen durante el proceso.
Su comportamiento favorece el clima de grupo.
Emplea diferentes fuentes de información y lleva registros.
Manifiesta sentido de pertenencia con la institución.
Desempeño Básico:
Se considera cuando un estudiante alcanza entre el 65 y 76% en la valoración de sus procesos cognitivos y formativos y cumple con los siguientes Criterios de Evaluación:
Desarrolla las competencias previstas por cada área tomándose todo el tiempo destinado.
Relaciona los conceptos aprendidos con experiencias de su vida, pero necesita de colaboración para hacerlo.
Es inconstante en la presentación de sus trabajos, consultas y tareas; las argumenta con dificultad.
Alcanza los desempeños mínimos con actividades complementarias dentro del período académico.
Aporta con dificultad ideas que aclaran los conceptos vistos.
Participa moderadamente en el desarrollo de las actividades propuestas en clase.
Su comportamiento incide en su desempeño y en el clima de grupo.
Manifiesta sentido de pertenencia a la institución.
Desempeño Bajo:
Se considera cuando un estudiante alcanza entre el 10% y 64% en la valoración de sus procesos cognitivos y formativos y cumple con los siguientes Criterios de Evaluación:
No alcanza a desarrollar las competencias previstas por cada área en el tiempo establecido.
El ritmo de trabajo no es permanente, lo que dificulta progreso en su desempeño académico.
Manifiesta poco interés por aclarar las dudas sobre las temáticas trabajadas.
Registra eventualmente sus consultas y el desarrollo de las temáticas.
Necesita ayuda constante para profundizar conceptos.
Presenta deficiencias en la elaboración argumentativa y en la producción escrita.
Evidencia desinterés frente a sus compromisos académicos.
Afecta con su comportamiento el clima del grupo.
Es bajo el sentido de pertenencia a la institución
Articulo 12. Estrategias de valoración integral de los desempeños de los educandos.
1. Entre las estrategias pedagógicas se deben tener en cuenta el diseño, implementación o gestión de evaluaciones, talleres, guías, investigaciones, pruebas de comprensión, análisis, discusión crítica y de apropiación de conceptos, apreciaciones cualitativas hechas como resultado de observación, diálogo o entrevista abierta y formuladas con la participación de los estudiantes, entre otros.
2. Se deben valorar todas las actividades que favorezcan el desarrollo del pensamiento, la expresión, la creatividad, la investigación, participación y cooperación.
3. Las pruebas que se apliquen deben estar relacionadas con aspectos tales como: comprensión, análisis, discusión crítica y en general, de apropiación de conceptos. El resultado de la aplicación de las pruebas debe permitir apreciar el proceso de organización del conocimiento adquirido por el estudiante y de sus competencias para producir formas alternativas de solución de problemas.
4. Las pruebas deben ser elaboradas y avaladas por el área correspondiente para cada nivel y grado de acuerdo con lo establecido en el plan de área.
5. Los trabajos individuales y en grupo serán planeados y asignados para ser realizados en clase y con la orientación del profesor.
6. Las actividades pedagógicas para desarrollar en casa se justifican como complemento del tema visto en clase y no como evaluación definitiva de cada periodo
7. Se hace necesario precisar los porcentajes de las diversas actividades que realizan los estudiantes en el proceso de evaluación y autovaloración en cada período académico, así:
c) en las areas del ciclo comun el 20% lo constituye una evaluación general (Tipo Pruebas Saber-Ices) del proceso correspondiente a cada asignatura finalizando el período para así obtener un 100%,
Articulo 13. Acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el año escolar
1. Además de las planillas de calificaciones de cada periodo los docentes de cada área entregarán a Coordinación un informe de desempeño del grupo donde se muestren los avances y dificultades presentadas por los estudiantes; así como, las estrategias empleadas para mantener un buen desempeño académico.
2. Cuando exista alto nivel de riesgo académico en una asignatura del plan de estudio y en un determinado grupo debe realizarse la intervención oportuna que conlleve a identificar las causas del bajo rendimiento e igualmente las actividades a seguir para superar las dificultades presentadas.
3. Los directores de grupo deben orientar técnicas de estudio a sus estudiantes y recomendaciones a padres sobre acompañamiento familiar.
4. Es imperioso el diálogo entre docente y estudiante para determinar causas de bajos desempeños en sus estudiantes. Si la situación lo amerita realizar citación de padres de familia para llegar a acuerdos.
5. La Coordinación encargada del seguimiento académico llevará control permanente del desempeño de las áreas y los estudiantes de los diferentes grados escolares. Cuando se amerite citará a docentes, estudiantes y padres de familia para revisar la situación, establecer compromisos de mejoramiento y acordar decisiones sobre el proceso del estudiante. Todo ello quedará consignado en actas firmadas por quienes intervengan.
6. En casos donde persistan problemas de aprendizaje o de índole psicosocial en el estudiante la Coordinación podrá remitir el caso a Orientación escolar, para que allí se asuma su tratamiento con presencia obligatoria de Padres de familia, Director de Curso y Jefes de Nivel, recurriendo al apoyo profesional que sea pertinente.
7. La rectoría establecerá convenios con entidades especializadas para determinar el estado de nutrición, salud física y mental, situación familiar y otros factores que estén afectando el rendimiento del estudiante y dar un tratamiento oportuno, continuo y adecuado para mejorar la situación.
8. La Institución implementará un plan de trabajo especial durante el receso escolar teniendo como objetivo ofrecer oportunidades de nivelación, profundización y generar en los estudiantes una actitud de estudio permanente sobre las temáticas fundamentales del plan curricular de cada grado y el desarrollo de competencias.
9. La Coordinación diseñará Formatos de carácter oficial para el seguimiento individual del desempeño escolar los cuales serán diligenciados por los docentes de área y directores de grupo y entregados con los informes periódicos que acompañarán las planillas de calificaciones.
10. La agenda escolar se priorizará como medio de comunicación escrita entre docentes, directores de curso, de nivel, coordinadores, padres de familia y estudiantes. Los directores de grupo deben orientar y comprobar el diligenciamiento de los formatos de seguimiento.
11. Cuando sea reincidente el incumplimiento de los compromisos y el seguimiento académico evidencie bajo desempeño del estudiante, como última instancia, se citará a Padres de Familia y estudiantes a la Rectoría del plantel para determinar acciones de mejoramiento y medidas que sean requeridas.
Artículo 14. Semiescolarización de los estudiantes: En caso de presentarse serias dificultades convivenciales del estudiante, las cuales inciden directamente en su desempeño académico y en el del grupo, se optará por el mecanismo de semiescolarización, permitiéndosele asistir al plantel a presentar sus evaluaciones, a rendir informes de superación de competencias y a recoger información o actividades que los docentes le puedan orientar para que desde su casa se responsabilice de su preparación y pueda seguir en la institución o se le cancele la matricula para el año siguiente. Este mecanismo será dado a conocer el padre de familia o acudiente para contar con su debido apoyo estableciéndose el procedimiento para la presentación de actividades como los criterios para su reingreso.
Articulo 15. Procesos de Autoevaluación
Los docentes motivarán en los estudiantes el proceso de autocritica que permita la reflexión y el análisis sobre la propia realidad, su práctica constante. Este ejercicio buscará formar hábitos de autovaloración, auto respeto, autoestima y sentido de pertenencia.
En todas las áreas y para cada periodo académico se favorecerá la autoevaluación de los estudiantes con una intención netamente formativa que estimule la toma de conciencia del proceso de aprendizaje y que le ayude al estudiante a establecer sus dificultades y avances en el desarrollo de competencias. el docente tendra en cuenta la participacion, reponsabilidad, presentacion y dispocicion del estudiante entre otros aspectos
La autoevaluación tendrá un valor porcentual mínimo del 10% dentro de las notas obtenidas en cada periodo y en todas las áreas o asignaturas.
La autoevaluación tendrá un valor porcentual mínimo del 10% dentro de las notas obtenidas en cada periodo y en todas las áreas o asignaturas.
Parágrafo: La institución incluirá otras formas de evaluación que permitan una percepción más integral sobre el desempeño de los educandos, entre ellas:
La hetero-evaluacion como la evaluación que hace el docente, una vez finalizado el proceso educativo a cada uno de los estudiantes teniendo en cuenta su desarrollo integral; implica un alto grado de responsabilidad por parte del docente, quien diseña y aplica la evaluación.
Co-evaluación como el proceso que realizan en forma conjunta docente y estudiante y permite que aprendan a respetar y valorar al otro en forma objetiva y plural.
Para-evaluación donde se desarrollan juicios de valor que trascienden los llamados “buenos resultados”, se revisan y analizan todas las variables posibles de un programa, experiencia educativa para determinar su coherencia en relación con los estándares de desempeño de un estudiante.
Meta-evaluación nos permite mejorar la planeación, el diseño, y la aplicación de de las pruebas evaluativas que en la cotidianidad escolar desarrollamos.
Articulo 16. Estrategias de Apoyo para resolver situaciones pedagógicas pendientes de los estudiantes.
Esta actividad es una responsabilidad compartida por el estudiante, los docentes y los padres de familia y/o acudientes. Cada área establecerá unos procesos y estrategias que propenden por el mejoramiento de aquellos estudiantes que hayan quedado con desempeño bajo (valoraciones de 1.0 a 3.2) en el transcurso de un periodo académico en cualquier área o asignatura de su formación.
Se define en un formato llamado Plan de mejoramiento individual que se entrega al estudiante y al padre de familia finalizando cada periodo escolar, el cual incluye: la descripción de la situación académica del estudiante, la estrategia de superación (entrega de taller previo, asesoría personalizada) y la presentación de una prueba escrita o sustentación según fechas fijadas por la coordinación académica.
Las actividades de superación se realizarán paralelas con las actividades académicas del periodo que termina. En el caso de no alcanzar el desempeño básico se le dará una nueva oportunidad en el periodo que sigue dentro del año escolar. Si supera la dificultad el docente dará una nueva valoración y podrá cambiarla en el registro escolar si su desempeño es mayor. De no presentar la actividad la valoración se mantendrá dando prioridad al proceso académico desarrollado durante el periodo.
Con la información del quinto informe evaluativo (valoración definitiva) y manifestándose un desempeño bajo, los docentes prepararán un plan de superación y una evaluación escrita (que quede como evidencia) y atienda al desarrollo educativo global del plan de estudios del grado que termina el estudiante, a fin de promover el mejoramiento académico. Este plan será entregado a los padres de familia o acudientes del estudiante en la última reunión del año escolar -en caso de inasistencia, serán estos los responsables de solicitar esta información de la Institución- para que el estudiante afiance sus fortalezas y supere las dificultades observadas durante al grado. El docente debe determinar por escrito los criterios antes del desarrollo de la actividad. Si el estudiante no se presenta la actividad de superación en el día y hora en que fue convocado por la institución mantendrá la valoración final obtenida.
Una vez presentada la actividad de superación, el docente reportará el acta y las nuevas valoraciones serán llevadas al registro escolar del estudiante.
En los casos de estudiantes que ingresan a la Institución provenientes de otros colegios, se solicitará a los padres de familia o acudientes la certificación de los núcleos temáticos y estándares de competencia desarrollados por el estudiante. Igualmente la certificación de la Institución (privada u oficial, debidamente aprobada por el M.E.N.) de los periodos cursados y con cumplimiento de los criterios señalados en el presente sistema.
Parágrafo: Obligación especial de la familia: El padre o acudiente una vez enterado a través de cualquier medio, sobre el desempeño bajo del estudiante, deberá presentarse inmediatamente ante el profesor de la materia y/o titular de curso para definir y seguir el plan de mejoramiento académico individual sin esperar hasta final de año. La Comisión de Evaluación y Promoción respectiva revisará el cumplimiento de los compromisos inscritos entre la familia y el colegio. El eventual incumplimiento será causal para estudiar la permanencia del estudiante en la institución sin perjuicio del derecho al debido proceso. (Decreto 1290 Art. 13 y 15).
CAPITULO IV
CUMPLIMIENTO EN LA CONSTRUCCION E IMPLEMENTACION DEL SISTEMA DE EVALUACION
Articulo 17. Acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes del establecimiento educativo cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el sistema institucional de evaluación.
Se establece para tal fin el siguiente procedimiento:
1. Al comenzar el año lectivo el profesor del área o asignatura presentará a los estudiantes los estándares de competencias a alcanzar y el plan de valoraciones parciales de su área para el año y que deberán ser consignados por el estudiante.
2. Cada docente en compañía del coordinador presentará a los estudiantes por curso los criterios de evaluación y promoción que les regirá en el año escolar.
3. El Director de Grupo será encargado de consolidar los criterios de evaluación de las áreas y los criterios institucionales para ser presentados a los padres de familia en reunión interna.
4. Durante la primera semana de cada periodo, los docentes deben presentar a la coordinación el respectivo cronograma de actividades curriculares y extracurriculares del periodo de acuerdo con lo establecido en el plan de área o asignatura y concertado con los estudiantes.
5. Los docentes presentarán un reporte de evaluación de desempeño de los estudiantes a su cargo terminado cada uno de los cortes del periodo académico a la coordinación, quien los analizará y presentará las respectivas recomendaciones.
6. Las coordinaciones estructurarán un formato de seguimiento a la labor orientadora y evaluativa de los docentes con el propósito de generar insumos permanentes para el plan de mejoramiento.
7. Los coordinadores deben velar para que las planillas de cada periodo estén debidamente diligenciadas, que contengan la cantidad mínima de notas parciales exigidas y el registro de ausencias en cada asignatura. Así mismo, diligenciarán informes cualitativos y estadísticos para mantener informadas a las Comisiones de Evaluación y Promoción sobre el desempeño de los estudiantes.
8. Las coordinaciones y en su momento las Comisiones de Evaluación presentarán informes periódicos a la Rectoría y al Consejo Directivo sobre el desarrollo curricular para su conocimiento y el respectivo seguimiento de las recomendaciones dadas.
9. La rectoría presentará informes de gestión del sistema de evaluación y promoción a los padres de familia a través del Consejo de Padres, la Asociación de Padres y en asambleas generales.
Articulo 18. Estructura de los informes de desempeño de los estudiantes y periodicidad en la entrega a los padres de familia (Art. 11 numerales 4 y 6 del Decreto 1290)
1. La evaluación de los estudiantes será continua e integral y se hará con referencia a cuatro (4) períodos académicos, al finalizar cada uno los padres de familia o acudientes recibirán un informe escrito de evaluación en el que se muestra la valoración asignada en cada una de las áreas, la descripción del desempeño, fortalezas y debilidades del estudiante presentadas en el transcurso del periodo escolar.
2. Los cuatro informes y el informe final de evaluación mostrarán el rendimiento en cada área mediante la escala numérica de acuerdo con los rangos establecidos y su equivalente cualitativo de acuerdo con el desarrollo de sus competencias, incluida la valoración general de comportamiento.
3. En caso de que algún periodo haya sido valorado con desempeño bajo y las dificultades no hayan sido superadas con las actividades de superación propuestas, la valoración definitiva continuará como desempeño bajo.
4. Al finalizar el año escolar se entregará a padres de familia o acudientes un informe que incluirá una evaluación integral del rendimiento del estudiante para cada asignatura durante todo el año. Esta evaluación tendrá en cuenta el cumplimiento por parte del estudiante de los compromisos que haya adquirido para superar dificultades en períodos anteriores.
5. Los padres de familia o acudientes serán notificados de la entrega de informes al finalizar cada periodo académico: en caso de inasistencia, se considera como informado con la firma y notificación del estudiante.
En el cuarto informe la notificación se realizará con el estudiante y será éste el responsable de informar a sus padres de familia o acudientes el desempeño obtenido; por consiguiente, es responsabilidad del padre de familia o acudiente informarse al respecto.
6. Adicional a la reunión bimestral de entrega de informes evaluativos, la institución programará una reunión mensual de carácter obligatorio para los padres de familia o acudientes en donde se presentará un informe verbal del rendimiento académico y comportamiento de los estudiantes.
7. Los informes de los estudiantes serán documentos con una estructura que presente resultados cualitativos y cuantitativos del desempeño del estudiante en procesos cognitivos, actitudinales, y procedimentales. En ellos se reflejará:
Cada desempeño a evaluar homologa un criterio cuantitativo con uno cualitativo (desde el desempeño bajo hasta el superior).
Unifica criterios en cuanto a la construcción de competencias, desempeños y estándares académicos, utilizando un lenguaje claro, fácil de entender por padres de familia y estudiantes.
Incluye la ubicación del estudiante dentro del grupo.
Contiene los símbolos propios de la Institución.
Articulo 19. Instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución de reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción.
1. Para el estudio de circunstancias académicas se establecen canales y procedimientos sobre los cuales se actúa y se toman decisiones. En todos los casos se garantiza la comunicación permanente y respetuosa entre la institución educativa y la familia del estudiante con el fin de mantener el adecuado seguimiento y acompañamiento de la situación presentada.
Las Instancias serán las siguientes:
1. El Docente encargado de la asignatura.
2. El Docente titular de grupo y director de nivel.
3. La Coordinación Académica o de Convivencia.
4. La oficina de Orientación Escolar
5. La Comisión de Evaluación y Promoción por grado, donde haya participación del
Estudiante, Padre de familia, director de grupo y de nivel.
6. El Consejo Académico.
7. El Consejo Directivo, dentro de su competencia señalada en el Decreto el Decreto 1290 art. 11 numeral 7.
8. La Rectoría
Artículo 20. Comisión de Evaluación y Promoción
Atendiendo a lo establecido en el decreto 1290 en su Artículo11, numerales 3, 5 y 8 la institución conformará las cuales se reunirán al finalizar cada período escolar con el fin de analizar el desempeño de los estudiantes, revisar los casos de estudiantes que hayan presentado valoración final del periodo con áreas o asignaturas con desempeño bajo y hacer las recomendaciones generales o particulares a profesores u otras instancias del colegio para seguir actividades de superación.
Las Comisiones de Evaluación y Promoción de grado analizarán las condiciones de cada estudiante y remitirá a la instancia que corresponda para citar a reunión a padres de familia o acudiente junto con el estudiante con el fin de seguir el conducto regular y acordar los compromisos por parte de los involucrados.
la comision general de evaluacion y promocion estara integrada por:
1. el rector
2. los coordinadores
3. un docente delegado por cada grupo
4. dos representantes de los padres de familia
5. dos representantes de los estudiantes
1. el rector
2. los coordinadores
3. un docente delegado por cada grupo
4. dos representantes de los padres de familia
5. dos representantes de los estudiantes
Artículo 21. Funciones de la Comisión de Evaluación y Promoción:
1. Analizar los casos persistentes de desempeños bajos o en la consecución de los logros.
2. Prescribir actividades pedagógicas complementarias y necesarias para superar los bajos desempeños.
3. Recomendar previo estudio y terminado el primer periodo académico la promoción anticipada de los estudiantes que demuestren desempeño superior en todas las áreas de estudio.
4. Una vez analizados los resultados académicos en la última reunión del cuarto periodo y siguiendo los criterios del SIEE definir la promoción de los estudiantes.
5. Revisar el cumplimiento de los compromisos inscritos entre padres de familia acudientes y el colegio.
Artículo 22. Procedimientos
1. Si un padre de familia y/ o acudiente requiere presentar reclamación con relación a la evaluación, deberá seguir el conducto regular especificado en el artículo 17.
2. Si un padre de familia y /o acudiente requiere presentar reclamación con relación a la promoción, deberá enviar una solicitud por escrito a la Comisión de Evaluación y Promoción.
3. Las respectivas reclamaciones deben presentarse en plazo máximo de ocho días para convocar a la Comisión de Evaluación.
4. Las reclamaciones deben hacerse por escrito de manera respetuosa según horario de atención en presencia de persona mediadora frente a las reclamaciones.
5. Ante casos particulares de desempeño que ameriten pronta intervención se seguirá el siguiente procedimiento:
a. Citación al padre de familia. (Esta citación es realizada por el Profesor encargado de la asignatura o Titular de curso según el caso comunicando a Coordinación).
b. Para cualquier reclamación se debe recurrir al observador y seguir un proceso con el estudiante y padre de familia donde quede consignado en un instrumento de control y seguimiento del debido proceso realizado con el estudiante.
c. Se remite el caso, junto con el padre de familia a coordinación académica o Convivencia y se siguen las recomendaciones asignadas en dicha reunión.
d. Se Convoca a Comisión de Evaluación y Promoción donde haya participación del estudiante, Padre de familia, director de grupo y de nivel
e. Se informa a Consejo Académico o Consejo Directivo, cuando lo amerite, dentro de su competencia señalada en el Decreto 1290 art. 11 numeral 7.
Articulo 23. Los mecanismos de participación de la comunidad educativa en la construcción del sistema institucional de evaluación de los estudiantes.
El presente Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes surge como desarrollo del Decreto 1290 de 2009 en un proceso que convocó la participación de los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa. Con el establecimiento de un cronograma de trabajo por parte del Consejo Directivo y el papel activo del Consejo Académico se cumplió con las siguientes actividades:
Conocimiento del Decreto y socialización del mismo.
Participación en talleres de capacitación programados por Dirección de Núcleo, Secretaría de Educación y M.E.N.
Trabajo con los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa: Consejo de Padres, Consejo Estudiantil, Docentes y Directivos.
Socialización y ajustes en Consejo Académico.
Estudio de borrador en Foro Institucional.
Estudio y Aprobación en Consejo Directivo
Validación e Implementación del documento ante los estamentos de la Comunidad Educativa.
El Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes es y será un documento dinámico que estará sometido a la permanente revisión y ajustes por parte de la comunidad educativa, bajo la orientación del Consejo Directivo de la Institución. Las sugerencias que surjan por su aplicación se harán llegar al Consejo Académico quien las estudiará y emitirá su concepto al Consejo Directivo solicitando los ajustes que considere indispensables. Este hará el respectivo análisis y los ajustes o modificaciones al SIEE se realizarán por acuerdo.
El Consejo Directivo programará semestralmente un foro educativo abierto a la participación y análisis del SIEE con el propósito de lograr mayor apropiación y pertinencia a la realidad educativa institucional.
Artículo 24. Transitorio. Los estudiantes que terminado el año escolar 2009 sean promovidos con insuficiencias serán convocados a actividades de recuperación la semana anterior al inicio del año lectivo 2010, siguiéndose lo señalado en el decreto 230 de 2002.
Refrendado
ENAR ALONSO CASTRO HIDALGO
Rector
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
El Manual de Convivencia escolar de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA LICEO INTEGRADO DE ZIPAQUIRA, es un conjunto organizado de disposiciones que configuran y ordenan los órganos del gobierno escolar que operan en la Institución, por otra parte, señalen en el ámbito de libertades y derechos fundamentales así como los límites del ejercicio del poder, los objetivos positivos y las funciones que los diferentes organismos deben cumplir en beneficio de la comunidad.
Es el estatuto supremo y necesario del plantel educativo que corresponde ante todo a un acto de carácter filosófico, en cuanto deviene en forma mediata de la Constitución, obra y producto del ejercicio soberano del poder del que es titular el pueblo y, a partir de la decisión fundamental de su promulgación implícita, erígese de la norma básica en la que se fundamenta y sostiene todo el orden pedagógico de Convivencia de los miembros del plantel educativo.
IMPORTANCIA DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
El principal objetivo de todo Manual y la razón de mantener su condición de norma suprema en el ordenamiento jurídico institucional, es el de estructurar para la comunidad educativa el estado de derecho, entendido como aquel que procura garantizar a sus integrantes el equilibrio y la armonía en sus relaciones pedagógicas, académicas, comportamentales, económicas y jurídicas asegurando un orden justo y autónomo.
SOPORTE LEGAL
SOPORTE LEGAL
La Comunidad Educativa del Liceo Integrado de Zipaquirá, Conformada por Directivos Docentes, Alumnos, Alumnas, Personal Administrativo, Padres de Familia y/o Acudientes y Estudiantes de Primaria y Secundaria, así como los y las ex alumno(as) y la asociación de padres de familia, dan a conocer a través del Manual de Convivencia los servicios que presta la Institución, los requisitos para pertenecer a ella, la Misión, los Principios, los Fines y las Normas que definen los Derechos y Compromisos de los alumnos y las Alumnas, de sus relaciones con los demás estamentos de la Comunidad Educativa, las directrices de evaluación, para de ésta manera, participar y comprometernos decididamente en el mejoramiento continuo de nuestra Institución.
La fundamentación legal del Manual de convivencia se soporta en:
La Constitución Política de Colombia, establece unos paradigmas sobre la base del respeto a los derechos humanos, la tolerancia, la convivencia y la participación como fuentes de la democracia y de la paz (Constitución Política de 1991, art. 18, 19, 27, 67 y 68). Por su parte la Ley 115 de 1994, dando respuesta a la nueva Carta Magna que guía los destinos de nuestra nación, propende y hace una propuesta educativa que parta de la autonomía y participación de todos los que conforman y hacen parte de los procesos educativos en una institución (Ley 115, artículos 73 y 87). De acuerdo con esta propuesta, el decreto 1860 del 3 de agosto de 1994 reglamenta en el artículo 17, todo lo concerniente a la construcción de los Manuales de Convivencia para los centros educativos, a los que considera como columna vertebral del Proyecto Educativo Institucional, del mismo modo que las sentencias de la Corte Constitucional le dan obligación y pertinencia a dicho documento.
De tal forma, dando estricto cumplimiento a las sentencias de la Corte Constitucional:
Que “La función social que cumple la Educación hace que dicha garantía se entienda como un derecho – deber que genera para el Educador como para los educandos y para sus progenitores un conjunto de obligaciones recíprocas que no pueden sustraerse; ello implica que los Planteles Educativos puedan y deban establecer una serie de normas o reglamentos en donde se viertan las pautas de comportamiento que deben seguir las partes del proceso Educativo (ST- 527/95).
Que “La exigibilidad de esas reglas mínimas al alumno resulta acorde con sus propios derechos y perfectamente legítima cuando se encuentran consignadas en el manual de convivencia que él y sus acudientes, firman al momento de establecer la vinculación educativa. Nadie obliga al aspirante a suscribir ese documento, así como a integrar el plantel, pero lo que sí se le puede exigir, inclusive mediante razonables razones es que cumpla sus cláusulas una vez han entrado en Vigor, en este orden de ideas, concedida la oportunidad de estudio, el comportamiento del estudiante si reiteradamente incumple pautas mínimas y denota desinterés o grave indisciplina puede ser tomado en cuenta como motivo de exclusión”.
(SC- 555/94).
De otro lado, las reglamentaciones y directrices establecidas en el decreto 1290 del 16 de abril de 2009, por el cual se dictan normas en materia de currículo, evaluación y promoción de los alumnos y alumnas como educandos, en este caso de los matriculados en nuestra institución y su correspondiente evaluación institucional, favoreciendo la calidad, continuidad y universalidad de la educación, así como el desarrollo del proceso de formación de los niños y las niñas matriculadas en la institución.
Además, para la elaboración del presente Manual se han tenido en cuenta los pronunciamientos y la jurisprudencia de la Corte Constitucional para permitirles a los lectores entender que las disposiciones aquí presentadas no solo se ajustan a las normas legales y reglamentarias, sino también a los fallos de tutela.
Como la expresión del acuerdo de la comunidad educativa en los procedimientos y normas que han de guiar las distintas acciones, el MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR es fruto de la participación, la reflexión, la concertación, el análisis y el compromiso de cada uno de los miembros de la comunidad educativa.
Fotos :)
Cole :P
Amigos dl Cole :)
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